Auto Supremo AS/0328/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0328/2018

Fecha: 02-May-2018

Habiendo sido tramitada la causa y el Juez Mixto Primero de Partido y Sentencia de

En la demanda de fs. 12 a 12 vta., Leandro Martínez Condori refiere que en su calidad de maestro albañil fue contratado de manera verbal por el Gobierno Municipal de Camiri en la gestión 2004 para que realice dos trabajos bajo la modalidad de obra vendida consistentes en acordonado de la calle Camatindi por un monto de Bs. 25.216,80 y construcción de un muro de contención de la Av. Argentina (actual) Av. Dr. Offman Antúnez por un monto de Bs. 83.671,98, por lo que solicita la cancelación de Bs.108.888,78 más el pago de daños y perjuicios ya que el mismo no habría recibido la remuneración por el trabajo realizado pese a las múltiples solicitudes.
Habiendo sido tramitada la causa y el Juez Mixto Primero de Partido y Sentencia de Camiri pronuncio Sentencia declarando probada en parte la demanda de fs. 12 a 12 vta