Auto Supremo AS/0337/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2018-RRC

Fecha: 18-May-2018

Indica que el Auto de Vista recurrido, no guarda coherencia lógica entre lo que señaló


Indica que el Auto de Vista recurrido, no guarda coherencia lógica entre lo que señaló en su parte considerativa con la parte dispositiva, porque en su Considerando III indicó que correspondería modificar el quantum de la pena, pero en la parte resolutiva no modifican la pena, sino que anulan la Sentencia y disponen juicio de reenvío por otro Tribunal, por lo que incumplió con la debida fundamentación, existiendo contradicción. Argumenta en sentido de que el Tribunal de alzada, no se pronunció respecto al quantum de la pena del acusado Andrés Velasco, sino que ilegalmente anuló las referidas Sentencias condenatorias, ordenando Juicio de reenvío, generando defecto absoluto previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP, por vulneración del debido proceso en la esfera de la legalidad procesal relacionada al art. 114 del CPP y la celeridad procesal establecida en el art. 180 de la CPE. Que, de manera incompresible afirmó que estaría dando cumplimiento al Auto Supremo 104/2016-RRC de 16 de febrero, lo que considera alejado de la verdad; toda vez, que el mencionado Auto Supremo determinó que el Tribunal de apelación, emita nuevo Auto de Vista fundamentando las atenuantes y agravantes del acusado, sin necesidad de reenvío, por lo que generó defecto absoluto previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP, por vulneración al debido proceso en la esfera de la fundamentación lógica y racional de los pronunciamientos, además que el Tribunal de apelación anuló una Sentencia inexistente signada con el número “016/2016” (sic) y que también su redacción estaría entrecortada, porque dispuso la anulación de las Sentencias y Autos Complementarios conforme a un artículo que no lo mencionan