Auto Supremo AS/0355/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0355/2018

Fecha: 07-May-2018

En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de

En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista N° 526/2016 de fecha 10 de noviembre, cursante de fs. 921 a 923, donde los jueces de alzada en lo trascendental de dicha resolución señalaron que la institución demandante en vigencia del periodo de prueba no justificó ni probó con prueba fehaciente literal, testifical ni pericial la invalidez del proceso seguido a instancia de Jockey Club La Paz contra copropietarios de la Urbanización San Miguel; de igual modo adujeron que el Colegio Loreto en el contenido íntegro de la demanda no formuló pretensión de manera conjunta a la nulidad impetrada de declaración judicial o individual de reconocimiento de derecho propietario sobre el bien inmueble en el que se desarrolla la actividad educacional, por lo que la petición de acción negatoria resulta innecesaria e impertinente, pues no existe discusión judicial sobre el inmueble. Fundamentos estos por los cuales el citado Tribunal CONFIRMÓ el Auto Nº 304/2013 y la sentencia apelada más sus respectivos autos complementarios. Sin costas