Auto Supremo AS/0373/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2018

Fecha: 07-May-2018

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3.Manifestando ser escueto, lacónico y evasivo el Auto de Vista, por no cumplir con el requisito de la fundamentación legal, señala “…que el art. 1453 está destinado a que el propietario de una cosa pueda recuperarla de manos de quien la posee o detenta, pero OMITE aclarar que esa recuperación NO es posible por la vía de la acción reivindicatoria, cuando el propietario ha entregado la cosa voluntariamente…”. De igual manera señala que el Auto de Vista, sin mayores razonamientos, refiere “…que cuando una persona –que entró en posesión de una cosa por medio de un contrato de arrendamiento (alquiler)- al vencimiento del plazo del contrato se convierte en “detentador”, hecho este (el vencimiento del contrato) que le permite al propietario plantear la acción reivindicatoria…”; razonamiento que distorsionaría la acción reivindicatoria