También consideró que la ubicación de la propiedad pretendida de usucapión, de acuerdo a la
También consideró que la ubicación de la propiedad pretendida de usucapión, de acuerdo a la versión de la actora, se encuentra situada en la U.V. ET 50 Mza. 62, sin embargo, cursa en obrados el informe pericial de fs. 406 a 417 que describe la ubicación del lote de terreno objeto de litis en la U.V. 85-B Mza. ET-50B y la certificación de fs. 20 emitida por la Cooperativa Rural de Electricidad señala que el terreno litigado está ubicado en la U.V. Nº 85 Mza. 13, concluye arguyendo que la ubicación no se encuentra acreditada, aspecto que genera incertidumbre en cuanto a la posibilidad de afectar bienes de dominio público o derecho de terceros que intervinieron en el proceso, por lo que salva el derecho de la actora de intentar nueva demanda
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO I
- 2
- El Tribunal de alzada consideró que de acuerdo a la prueba de cargo la demandante
- También consideró que la ubicación de la propiedad pretendida de usucapión, de acuerdo a la
- Añadió que con relación a la demanda reconvencional de acción reivindicatoria la misma fue presentada
- 3
- CONSIDERANDO II
- 4
- Finalizó apuntando que con el Auto de Vista se vulnera el art
- Petitorio
- Se hace constar que no se presentó contestación al recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- El sujeto pasivo de la usucapión es siempre la persona que figura, en el Registro
- III
- Mediante la sentencia declarativa de usucapión, se declara el derecho de propiedad en favor del
- CONSIDERANDO IV
- En el recurso de casación, respecto a la conclusión de la ubicación del inmueble asumida
- La exposición descrita precedentemente no enerva el criterio asumido en el Auto de Vista, pues
- El resto de las acusaciones se encuentran dirigidas a la posesión la aprehensión material del
- Por lo que al no estar identificado con precisión el inmueble, no se evidencia vulneración
- Bajo las consideraciones expuestas corresponde emitir resolución conforme prevé el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
