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    Auto Supremo AS/0142/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0142/2018

    Fecha: 05-Jun-2018

    Sin embargo en el presente proceso se ha

    Sin embargo en el presente proceso se ha podido evidenciar, que no existió ese pago total de los beneficios sociales de manera oportuna, por tanto corresponde aplicar la multa del 30% al monto omitido, al haberse evidenciado que lo que existió fue un pago parcial de sus beneficios sociales
    • Luego de una relación de las normas en que se sustenta la procedencia del recurso
    • 2
    • III. - Fundamentos jurídicos del fallo
    • Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, de fs
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    • Ante ello, el empleador, en cumplimiento de lo
    • Sin embargo en el presente proceso se ha
    • En consecuencia, el finiquito cursante a fs
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, del Tribunal Supremo
    • Con costas
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez

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