Auto Supremo AS/0175/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0175/2018

Fecha: 19-Jun-2018

Con la finalidad de resolver la problemática planteada, es menester considerar el contenido del art

Con la finalidad de resolver la problemática planteada, es menester considerar el contenido del art. 48.II de la CPE, cuyo tenor literal, señala: “Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador”, esta norma constitucional, demuestra la importancia de los derechos del trabajador, que se hallan insertos en la Constitución los cuales son principios informadores de la interpretación de las normas laborales