Auto Supremo AS/0273/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0273/2018

Fecha: 18-Jun-2018

Argumentos del recurso de casación

II.- RECURSO DE CASACIÓN, RESPUESTA Y ADMISIÓN:
Contra el referido Auto de Vista, el GAMC, representada por Alex Jorge Sánchez Iraizos, interpuso recurso de casación, conforme los fundamentos del escrito de fojas 75-78 vta., recurso que fue respondido por la demandante por escrito de fs. 79, por lo que, luego de su remisión ante este Tribunal, mediante Auto Supremo Nº 99-A de 24 de febrero de 2017 (fs. 68 y vta.), se declaró admisible; por consiguiente, dicho recurso se pasa a considerar y resolver:
Argumentos del recurso de casación:
Denunció la violación del art. 108 de la Constitución Política del Estado (CPE), que se refiere a los deberes de los bolivianos y que uno de estos deberes es que el Tribunal de alzada, debe velar por los intereses del Estado y de la sociedad e interpretar las normas alegadas por la demandante, puesto que sus derechos no se enmarcan a las mismas, sino a otras que rigen la vida institucional como son las Leyes Nº 1178, 2027, 2341 y otras, respecto de su contrato eventual