Auto Supremo AS/0273/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0273/2018

Fecha: 18-Jun-2018

Por consiguiente, al haberse acreditado en el caso presente que la demandante se encontraba sujeta

Por consiguiente, al haberse acreditado en el caso presente que la demandante se encontraba sujeta a la Ley General del Trabajo y Ley Nº 321, en aplicación a la normativa citada, es plenamente acreedora al indicado subsidio de frontera, conforme se reconoció tanto, por el Juez de primera instancia, como por el tribunal de apelación, no advirtiéndose infracción legal alguna