El Tribunal de apelación se pronunció de forma poco clara, sobre la apelación restringida, apartándose
El Tribunal de apelación se pronunció de forma poco clara, sobre la apelación restringida, apartándose del Auto Supremo 506/2016-RRC, en base a argumentos genéricos, desconociendo si se refirió a su agravio de vulneración de las reglas de la sana crítica, sustentado en la falta de razonamiento lógico del análisis de la prueba testifical, aludiendo a la valoración intelectiva de la prueba, respecto a la presunta autoría del delito denunciado, destinado al análisis intelectivo de la comisión del delito denunciado y la imposición de la pena aplicable, llegando a concluir que la autora y la víctima tenían una relación de convivencia, cuando en el texto de la Sentencia afirma que no se demostró la convivencia, aspecto inobservado por el Tribunal de apelación, incurriendo en incumplimiento del art. 398 del CPP, incurriendo en una actividad procesal defectuosa, en el marco del art. 169 inc. 3) del CPP, cuestionando que la pena impuesta a la acusada, no debía ser menor de 25 años de presidio por la gravedad del hecho
- Por memorial presentado el 7 de julio de 2017, de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia S-74/2015 de 12 de mayo (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Sonia Choquehuanca Camacho (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia en conocimiento de las acciones recursivas opuestas
- El Tribunal de apelación se pronunció de forma poco clara, sobre la apelación restringida, apartándose
- II.1. De la Sentencia
- A través de la Sentencia S-74/2015 de 12 de mayo, el Tribunal Cuarto de Sentencia
- Sobre la imposición de la pena aplicable, la Sentencia destaca los arts
- II.2. De la apelación restringida de la acusadora particular
- La querellante interpone recurso de apelación restringida denunciando: Errónea aplicación de las agravantes y atenuantes
- II.3. Del Auto de Vista 19/2017 de 3 de abril
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en atinencia del
- II.4. Del Auto Complementario de 30 de mayo de 2017
- Ante la solicitud de complementación y enmienda activada por la querellante El Tribunal de alzada
- La recurrente –nuevamente- en casación plantea tres problemáticas, inherentes a su descontento con la fijación
- III.1.Obligatoriedad del cumplimiento de los fallos del Tribunal Supremo de Justicia por los Tribunales inferiores
- El art
- El cumplimiento de los fallos del Tribunal Supremo, no está sujeto a la voluntad de
- De la norma contenida en los arts
- La obligatoriedad a la que el segundo párrafo del art
- Coinciden en los tres motivos del recurso la denuncia de incumplimiento del Auto Supremo 506/2016-RRC,
- El presente caso, posee una particularidad procesal asentada en el hecho de la existencia de
- Partiendo de la premisa de la existencia de una resolución superior fue desoída por los
- La Sala Penal considera y ve con extrañeza la forma en la que el Auto
- Es necesario poner de relieve que la generación de resoluciones con una fundamentación errada (como
- En este ámbito la Sala Penal hace suyo el razonamiento que la Corte Interamericana de
- Dicho ello, enfatizar que no se trata de asumir un sentido de verticalidad absoluta, sino
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
