La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en atinencia del
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en atinencia del Auto Supremo 506/2016-RRC de 4 de julio, pronunció el Auto de Vista que hace título a este epígrafe, donde –en lo que toca a los motivos de casación- el Tribunal de alzada, en el numeral 3.2 y subnumeral 3.2.2, vierte una seguidilla de apreciaciones que rondan la funcionalidad y alcances del art. 302 del CPP; afirmaciones vagas sobre la facultad de proposición de actividad investigativa de las partes ante el Fiscal; el deber de calificación legal del hecho en etapa preparatoria; la conclusión de “que la parte apelante confunde la función del fiscal con la función de la autoridad Ad-quo asignada al caso” (sic); la aislada apreciación: “de la revisión de la merituada pieza procesal es evidente que se ha cumplido con los requisitos exigibles por la Ley 1970 en si la autoridad llamada por ley para determinar la presente sentencia es la que realiza la potestad jurisdiccional, por todo lo señalado es incuestionable que a autoridad jurisdiccional ha determinado de acuerdo a la norma sustantiva vigente.” (sic)
- Por memorial presentado el 7 de julio de 2017, de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia S-74/2015 de 12 de mayo (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Sonia Choquehuanca Camacho (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia en conocimiento de las acciones recursivas opuestas
- El Tribunal de apelación se pronunció de forma poco clara, sobre la apelación restringida, apartándose
- II.1. De la Sentencia
- A través de la Sentencia S-74/2015 de 12 de mayo, el Tribunal Cuarto de Sentencia
- Sobre la imposición de la pena aplicable, la Sentencia destaca los arts
- II.2. De la apelación restringida de la acusadora particular
- La querellante interpone recurso de apelación restringida denunciando: Errónea aplicación de las agravantes y atenuantes
- II.3. Del Auto de Vista 19/2017 de 3 de abril
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en atinencia del
- II.4. Del Auto Complementario de 30 de mayo de 2017
- Ante la solicitud de complementación y enmienda activada por la querellante El Tribunal de alzada
- La recurrente –nuevamente- en casación plantea tres problemáticas, inherentes a su descontento con la fijación
- III.1.Obligatoriedad del cumplimiento de los fallos del Tribunal Supremo de Justicia por los Tribunales inferiores
- El art
- El cumplimiento de los fallos del Tribunal Supremo, no está sujeto a la voluntad de
- De la norma contenida en los arts
- La obligatoriedad a la que el segundo párrafo del art
- Coinciden en los tres motivos del recurso la denuncia de incumplimiento del Auto Supremo 506/2016-RRC,
- El presente caso, posee una particularidad procesal asentada en el hecho de la existencia de
- Partiendo de la premisa de la existencia de una resolución superior fue desoída por los
- La Sala Penal considera y ve con extrañeza la forma en la que el Auto
- Es necesario poner de relieve que la generación de resoluciones con una fundamentación errada (como
- En este ámbito la Sala Penal hace suyo el razonamiento que la Corte Interamericana de
- Dicho ello, enfatizar que no se trata de asumir un sentido de verticalidad absoluta, sino
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
