Auto Supremo AS/0389/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0389/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

Sobre el particular, analizado el agravio traído a casación y verificado lo denunciado en apelación


Finalmente, señaló el Tribunal de alzada que el recurso de apelación restringida es un recurso de puro derecho, no pudiendo ingresar a la valoración de las declaraciones testificales, judicializadas en juicio oral como pretenden los apelantes, no refieren de manera clara, cuál ha sido la manipulación que se ejerció en las declaraciones testificales de cargo.

Sobre el particular, analizado el agravio traído a casación y verificado lo denunciado en apelación restringida con lo resuelto por el Tribunal de alzada, dan cuenta que sí consideró la denuncia respecto a la tramitación de la excusa previsto en el art. 316 del CPP, debido a que el Auto de Vista impugnado concluyó que la parte agraviada pudo interponer la respectiva recusación si consideraba que sus derechos estuviesen violentados; además, aclaró que el recurso de apelación restringida al ser de puro derecho prohíbe el descenso por parte del Tribunal de alzada a cuestiones de hecho y revalorizar pruebas como las declaraciones testificales que pretendía la parte apelante, debido al principio de intangibilidad. Por otra parte, no es menos cierto que el Tribunal de alzada puede atender denuncias de defectos absolutos, cuando se verifiquen la vulneración de derechos y garantías constitucionales, pero en el presente caso la parte recurrente no formuló expresamente dicha denuncia como tampoco especificó de forma clara, en qué consistió dicha vulneración o que vertiente del debido proceso fuese vulnerado, tal como lo fundamentó el Tribunal de alzada