Auto Supremo AS/0392/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0392/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

Por Sentencia 35/2016 de 23 de noviembre, el Juez Primero de Partido y de Sentencia


II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

II.1. Del recurso de apelación restringida.       
 
Por Sentencia 35/2016 de 23 de noviembre, el Juez Primero de Partido y de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Américo Mamani Marca, autor de la comisión del delito de Fabricación, Comercio o Tenencia de Substancias Explosivas, Asfixiantes, previsto y sancionado por el art. 211 del CP, imponiendo la pena de tres años y tres meses de reclusión, más el pago de costas, daños y perjuicios a la víctima. El hoy recurrente, activó su oposición a través de recurso de apelación restringida, como consta del memorial saliente de fs. 560 a 596 vta., planteando lo siguiente:

Inobservancia de la Ley al incorporarse prueba documental (MP2, MP, MP12 y MP13) sin observar las formalidades previstas por Ley, al haber sido introducidas de oficio por el Juez de Sentencia, pues siendo informes de los investigadores asignados al caso, debieron ser ratificadas por sus emisores al momento de sus atestaciones, empero fueron introducidas con posterioridad. Cuestiona que ante el planteamiento de exclusión probatoria, el Juez la rechazó alegando a que el acusado no solicitó la ratificatoria de dichas pruebas al momento de prestarse las testimoniales. Con este hecho se denunció la violación de los arts. 172, 333 inc. 2) del CPP y el defecto de sentencia contenido en el art. 370 inc. 4) de la misma norma procesal