Auto Supremo AS/0396/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0396/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

El derecho penal debe ser de ultima ratio; es decir, que su intervención en la


El Juez Primero de Sentencia, declaró la absolución del imputado Miguel Ángel García Mariño, del delito de Conducción Peligrosa de Vehículos, con base a los siguientes argumentos de orden legal.

En las disposiciones contenidas en el Código Nacional de Tránsito y su Reglamento, están previstas en la jurisdicción del Sistema de Tránsito, todas las infracciones actualizadas conforme a la Resolución Administrativa 63/2006 emitida por la Dirección Nacional de Fiscalización y Recaudaciones, haciendo una indexación de las multas policiales contenidas en el Código y Reglamento de Tránsito y así evitar el cobro discrecional por los diferentes Organismos Operativos de Tránsito de la Policía Nacional, medidas para satisfacer el daño a la víctima, los límites en el conocimiento de hechos de tránsito cuando solamente son daños materiales, lo que lleva claramente al respeto a una jurisdicción y competencia bajo dominio del Sistema Nacional de Tránsito.

El derecho penal debe ser de ultima ratio; es decir, que su intervención en la vida social debe reducirse a lo mínimo posible y según el principio de subsidiaridad el Derecho Penal es el último recurso a utilizar a falta de otro menos lesivos. El llamado carácter fragmentario del Derecho Penal, constituye una exigencia relacionada con la anterior y ambos postulados integran el llamado principio de intervención mínima y si bien el derecho penal debe proteger bienes jurídicos, no significa que todo bien jurídico tenga que ser protegido penalmente, ni tampoco que todo ataque a los bienes jurídicos penalmente tutelados deba determinar la intervención del Derecho Penal