Auto Supremo AS/0408/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0408/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

Ingresando al análisis del presente motivo, conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al


Ingresando al análisis del presente motivo, conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al recurso, ante la emisión de la Sentencia condenatoria con relación al delito de Falsedad Ideológica, el imputado formuló recurso de apelación restringida acusando: 1. Que la Sentencia lo declaró culpable en base a simples declaraciones testificales de Clara Elena y Limber Alfonzo ambos de apellidos Cuellar Villanueva que son directamente interesadas en el litigio. 2. Que la Sentencia fundamentó que su persona fue el autor intelectual; empero, no indicó quién fue el autor material del delito de Falsedad Material, lo que le resulta incongruente, ya que, no se puede condenar por el delito de Falsedad Ideológica sin antes determinar quién fue el autor material de la falsedad. 3. Que la Sentencia no consideró que su persona no pudo cambiar ningún dato sobre la identidad de su madre, siendo los responsables de dicho cambio los funcionarios del SERECI. 4. Que la Sentencia vulneró el art. 173 del CPP, ya que, no asignó el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba, con aplicación de las reglas de la sana crítica justificando y fundamentando adecuadamente las razones por la cuales les otorga determinado valor, en base a la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba producida. Concluye su recurso alegando, que los arts. 124 y 173 del CPP, exigen la fundamentación y valoración de las pruebas en los fallos, no siendo suficiente concluir con la imposición de la pena debiendo individualizarse qué prueba llevó al juzgador a esa convicción