II.2.1. De los acusadores particulares
II.2. Del recurso de apelación restringida.
II.2.1. De los acusadores particulares
- Por memorial presentado el 7 de noviembre de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 32/2016 de 15 de agosto (fs
- Contra la referida Sentencia, Luis Antonio Finni Demarch y Rolando Paniagua Espinoza, en representación legal
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 124/2018-RA de 12 de marzo,
- Refiere el recurrente que no fue, ni jamás detentó condición de servidor público dentro de
- El recurrente solicita, se deje sin efecto el fallo recurrido, determinando que el Tribunal de
- I.2. Admisión del recurso
- II.1.De la Sentencia
- Que, analizados los hechos probados y no probados, tiene que el imputado trabajó como consultor
- Que, luego de la resolución del contrato con el imputado, quedó a cargo de los
- Dice la funcionaria en su informe MP3, que ingresó a juicio sin observación de la
- II.2.1. De los acusadores particulares
- Alegando que la Sentencia contraviene el art
- Que en el punto III
- Que, la sentencia no valoró las pruebas signadas como: APV consistente en un informe mensual
- Que, la Sentencia en su acápite denominado conclusiones contiene errores de interpretación lógica; toda vez,
- Bajo dichos fundamentos, refiere que la Sentencia incurrió en los siguientes defectos
- No existe fundamentación en la Sentencia [art
- Valoración defectuosa de la prueba [art
- Inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación defecto
- II.2.2. Del representante del Ministerio Público
- Notificado con la Sentencia Bismark Arizpe Salazar, formuló recurso de apelación restringida, bajo los siguientes
- Que la Sentencia se basó en una valoración defectuosa de la prueba; puesto que, en
- Que en Tribunal de Sentencia a tiempo de emitir el Auto Interlocutorio 310/2016 de 9
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija emitió el Auto de
- III.1. La obligación de la carga argumentativa del recurrente
- En ese entendido, la parte que se sienta perjudicada por una resolución judicial, puede hacer
- III.2. Análisis del caso concreto
- Sintetizada la denuncia en la que alega, que su persona jamás detentó condición de servidor
- Ingresando al análisis del presente recurso, conforme se precisó en los antecedentes procesales, ante la
- De esa relación necesaria de antecedentes, se evidencia que el Auto de Vista recurrido si
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
