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    Auto Supremo AS/0436/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0436/2018-RRC

    Fecha: 13-Jun-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 11 de agosto de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 03/2016 de 10 de marzo (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Gloria Máxima Cardona Morón (fs
    • Del recurso de casación interpuesto y del Auto Supremo 176/2018-RA de 21 de marzo, se
    • La recurrente señala que el Auto de Vista recurrido vulneró sus derechos y garantías constitucionales;
    • Refiere que el Auto de Vista sin mayor análisis y valoración ratificó el fallo emitido
    • La recurrente solicita se deje sin efecto la resolución impugnada
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
    • El segundo hecho probado, referido a que la imputada procedía a falsificar la firma de
    • El tercer hecho probado, establecería que el perito designado no fue claro en su informe
    • Finalmente, a decir de la acusada el Tribunal de Sentencia manifestó que no corresponde considerar
    • El recurso de apelación restringida referido precedentemente, fue resuelto por Auto de Vista 11 de
    • Posteriormente hace referencia a la doctrina legal sentada por el Auto Supremo 317 de 13
    • Seguidamente hizo una precisión sobre la distinción entre documento público y privado, para referir que
    • Que en el caso de autos el Ministerio Público habría acusado a la imputada, por
    • Finalmente, en el último párrafo del Auto de Vista impugnado, el Tribunal de apelación alegó:
    • Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecido
    • Partiremos recordando que la fundamentación y motivación, constituye a decir de Orlando A
    • Al respecto, este Tribunal a través del  Auto Supremo 354/2014-RRC de 30 de julio de
    • Bajo ese entendido, es obligación de los funcionarios judiciales, hacer públicas las razones que tuvo
    • III.2. Análisis del caso en concreto
    • La recurrente denunció que el Auto de Vista impugnado vulneró sus derechos y garantías constitucionales,
    • En el planteamiento identificado en el referido inc
    • Siendo evidente que el Tribunal de apelación vulneró el debido proceso al emitir una resolución
    • Sobre la temática identificada en el inc
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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