Auto Supremo AS/0441/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0441/2018-RRC

Fecha: 25-Jun-2018

El delito de Apropiación Indebida se ve plasmado cuando el agente recibió valores en posesión


Por Sentencia 44/2016 de 3 de noviembre, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Vania Limpias Loras absuelta de culpa y pena de la comisión del delito de Apropiación Indebida, previsto y sancionado por el art. 345 del CP, en base a los siguientes argumentos:

El delito de Apropiación Indebida se ve plasmado cuando el agente recibió valores en posesión o tenencia legítima; en el presente caso, lo único que se tiene acreditado y por versión de la acusada es que hubiera un manejo administrativo negligente al registrar unas facturas que no debía registrarse y no se ha generado prueba alguna para establecer que la imputada haya recibido ese dinero que se menciona en la acusación peor aún que se comprometió a devolver ese dinero; es decir, al no demostrar la entrega de ese dinero el autor, menos puede haber devolución de un dinero que ni siquiera se recibió; dicho de otro modo, la acusadora no demostró cómo es que hubiera entregado ese dinero a la imputada; en consecuencia, no se demostró que existiría entrega de algún valor, al tornarse la prueba en insuficiente y escasa para generar la convicción en el Juzgador sobre la responsabilidad de la imputada, ha existido la falencia en la prueba aportada; porque los hechos acusados se puede establecer que los mismos no se adecuan típicamente al delito acusado. En consecuencia, correspondió absolver a la imputada de conformidad al art. 363 inc. 2) del CPP