La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
En consecuencia, el Auto de Vista al encontrarse fundado bajo los lineamientos jurisprudenciales expresados en el punto III de la presente resolución, cumplió con su deber de control de legalidad y logicidad de la Sentencia; en consecuencia, por los argumentos expresados en el presente fallo se pone en evidencia que el Auto de Vista realizó un correcto análisis al resolver los aspectos denunciados; en consecuencia, no corresponde dar curso a lo denunciado al no haberse evidenciado la vulneración de los derechos y garantías constitucionales, correspondiendo en consecuencia, declarar infundado el recurso de casación intentado; al haberse el mismo baso en las previsiones contenidas por los arts. 124 y 398 del CPP, al momento de resolver el recurso de apelación restringida interpuesto.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Vania Limpias Loras
- Por memorial presentado el 13 de octubre de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 200/2018-RA de 21 de marzo,
- La recurrente refiere que el Auto de Vista no contó con la debida fundamentación debido
- Con esos argumentos señala que el Auto de Vista se limitó a describir las pruebas
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita que se analicen los argumentos de su recurso de casación en resguardo
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- El delito de Apropiación Indebida se ve plasmado cuando el agente recibió valores en posesión
- II.2. De la apelación restringida
- Contra la precitada Sentencia, el querellante Mario Álvaro Martínez Gamarra, presentó recurso de apelación restringida;
- Por otra parte, señala que la Sentencia absolutoria se basa en valoración defectuosa de la
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Refiere que el Juez de Sentencia, procedió de forma incorrecta sin tomar en cuenta e
- El Juez de Sentencia no tomó en cuenta lo previsto por los arts
- En el presente recurso de casación, la recurrente denuncia que el Auto de Vista, no
- III.1. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- El Código de Procedimiento Penal, en el art
- La fundamentación no podrá ser reemplazada por la simple relación de los documentos o la
- Conforme la normativa legal precitada, este Tribunal de Justicia, en la amplia doctrina legal emanada
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto de la denuncia de que el Auto de Vista no contó con la debida
- Por otro lado, respecto a su argumentación respecto de que existiría parcialización a favor del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
