Por otra parte, señala que la Sentencia absolutoria se basa en valoración defectuosa de la
Por otra parte, señala que la Sentencia absolutoria se basa en valoración defectuosa de la prueba documental, testifical; ya que por un lado, señala que se ha probado que lo señalado en la querella la querella aprovechando de la confianza se apropió del dinero que era de la empresa en el monto de Bs. 73.874.- y que generó una gran perjuicio a la empresa que representa, pero que el Juez en su Sentencia, dice que no se ha probado que Vania Limpias Loras sea responsable de la comisión del delito de Apropiación Indebida, no se habría demostrado el concepto ni el objeto del dinero que determine responsabilidad; asimismo, el recurrente señala que la Sentencia no se encuentra debidamente fundamentada conforme al art. 124 del CPP; ya que, no cumple con una estructura que debe contener una Sentencia; por lo que finalmente el recurrente, luego de hacer una serie de argumentos de orden legal, solicita que se ordene un nuevo juicio y se anule toda la Sentencia conforme el art. 413 del CPP
- Por memorial presentado el 13 de octubre de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 200/2018-RA de 21 de marzo,
- La recurrente refiere que el Auto de Vista no contó con la debida fundamentación debido
- Con esos argumentos señala que el Auto de Vista se limitó a describir las pruebas
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita que se analicen los argumentos de su recurso de casación en resguardo
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- El delito de Apropiación Indebida se ve plasmado cuando el agente recibió valores en posesión
- II.2. De la apelación restringida
- Contra la precitada Sentencia, el querellante Mario Álvaro Martínez Gamarra, presentó recurso de apelación restringida;
- Por otra parte, señala que la Sentencia absolutoria se basa en valoración defectuosa de la
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Refiere que el Juez de Sentencia, procedió de forma incorrecta sin tomar en cuenta e
- El Juez de Sentencia no tomó en cuenta lo previsto por los arts
- En el presente recurso de casación, la recurrente denuncia que el Auto de Vista, no
- III.1. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- El Código de Procedimiento Penal, en el art
- La fundamentación no podrá ser reemplazada por la simple relación de los documentos o la
- Conforme la normativa legal precitada, este Tribunal de Justicia, en la amplia doctrina legal emanada
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto de la denuncia de que el Auto de Vista no contó con la debida
- Por otro lado, respecto a su argumentación respecto de que existiría parcialización a favor del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
