Auto Supremo AS/0572/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0572/2018

Fecha: 28-Jun-2018

2

2.- Manifiesta que respecto a la evaluación de la prueba de descargo, no ha sido valorada la prueba literal de fs. 2 a 3 con la que se demuestra que la aceptación de la herencia por parte de la demandante Luz Valeria Alcázar Núñez fue realizada el 18 de diciembre de 2006 después de 17 años del fallecimiento del causante Edmundo Alcázar Núñez quien falleció el 05 de noviembre de 1989