Auto Supremo AS/0585/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0585/2018

Fecha: 28-Jun-2018

De esos fundamentos se advierte, que la pretensión de la demanda reconvencional tiene por fin

Una vez citada la parte actora mediante memorial de fs. 280 a 289 Julio Baldiviezo contestó a la demanda reconvencional de forma negativa alegando que el junto a los demás demandantes ingresaron a vivir al inmueble el año 1978, sin que tuviesen ningún tipo de oposición alguna, el lote fue entregado en favor de ellos por José Fernandez y María Zenteno quienes eran sus padrinos, y eran personas mayores que no podían trabajar el predio, ya que se encontraba abandonado, indica que el demandante reconvencional de forma errónea manifiesta que la parte actora entró a vivir al predio por un documento de arrendamiento, ya que ellos trabajaban la tierra junto a toda su familia por muchos años atrás, denotando este aspecto conforme los pagos de impuestos adjuntos en obrados, pago que realizaron con multas evitando de tal manera que se remate el predio en cuestión, asimismo niega la calidad de detentador que pudiera tener en el inmueble, porque el documento que firmo fue en calidad de testigo a ruego sobre la transacción del documento firmado por Rosa Valdez y el demandado, negando también el tenor del documento de compromiso, su reconocimiento de firmas y la interpretación que se le asigne al mismo, asimismo alega que los documentos de propiedad del demandante reconvencional caducaron por el abandono del inmueble y por el transcurso del tiempo por lo que solicita se declare improbada la demanda reconvencional de Reivindicación.
De esos fundamentos se advierte, que la pretensión de la demanda reconvencional tiene por fin la reivindicación de un lote de terreno ubicado en el ex fundo San Mateo Cantón El Monte Provincia Cercado con una superficie de 16 Has con 9951 m2 por lo que, corresponde acudir a la revisión de los medios de prueba producidos para tener certeza en lo que respecta a esos puntos; es así que se puede apreciar la prueba documental de descargo, consistente en la Certificado de emisión de título ejecutorial de fecha 23 de agosto de 1957, emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria otorgado a favor de Isaac S. Attie sobre la propiedad ubicada en el cantón El Monte, Provincia Cercado departamento Tarija, con una superficie de 16 Hectáreas con 9951 mts.2, cursante a fs. 414; Documento privado de compromiso con reconocimiento de firmas y rubricas suscrito por Sasson Isaac Attie Katran, Bertha Valenzuela de Esper y Julio Baldiviezo sobre el alquiler del inmueble ubicado en la Zona San Mateo, Provincia Cercado del departamento de Tarija destinado a la explotación agrícola con el alquiler de Bs. 100 anuales cursante de fs. 418 a 419 vta.; Certificación emitida por la Dirección de Ordenamiento Territorial, dependiente del Gobierno Municipal de la Ciudad de Tarija y la Provincia Cercado, en el cual indica que el predio objeto del presente proceso se encuentra dentro del Radio Urbano, cursante a fs. 420; Informe emitido por la oficina de derechos reales de Tarija cursante a fs. 422 a 423 vta. en el cual se puede acreditar como propietarios registrados a Attie Katran Sasson Isaac, Roseman Attie Elsa de, Salama Attie Yolanda de; Testimonio del proceso de Declaratoria de Herederos seguido por Laura Katran de Attie, Sasson Attie, Elsa Attie de Roseman y Yolanda Attie de Salama al fallecimiento de Isaac Attie Farhi cursante de fs. 424 a 425; Testimonio de juicio posesorio de una mitad del fundo rustico denominado “San Mateo” seguido por Issac S. Attie y Laura K. de Attie cursante de fs. 426 a 428; Testimonio del juicio agrario de inafectabilidad de la propiedad denominada “San Mateo” de propiedad de Isaac S. Attie cursante de fs.430 a 435; Testimonio de Escritura Pública de División y Partición voluntaria de la finca denominada San Mateo, celebrada entre sus propietarios Isaac S. Attien, Laura K. de Attie, Oscar Mallea C. y Aida Suarez de Maella cursante de fs. 445 a 447 vta.; Escritura Pública de Compra-Venta de acciones y derechos de la propiedad “San Mateo” Jurisdicción de la provincia del cercado otorgada por Ricardo Jijena a favor de los esposos Isaac S. Attie Laura K. de Attie cursante de fs. 448 a 450; levantamiento topográfico del predio objeto del presente proceso cursante a fs. 451; Informe pericial emitido por el perito de la Honorable Alcaldia Municipal de El cercado – Tarija donde se establece que el terreno se fracciona en 2 superficies: superficie “A” con un área útil a usucapir de 19462, 97 m2 y la superficie “B” con un área útil a usucapir de 61999,88 m2, y el resto de superficie se constituye en propiedad municipal al ser una quebrada que pasa por el medio del predio objeto del proceso