Auto Supremo AS/0585/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0585/2018

Fecha: 28-Jun-2018

Regístrese, comuníquese y devuélvase

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42.I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código de Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación cursante de fs. 856 a 868 vta., interpuesto por Marcelina Zenteno Velásquez de Baldiviezo y Rosmery Dolores Baldiviezo Zenteno por sí y en Representación de Roberto Ángel Baldiviezo Zenteno, Luis Miguel Baldiviezo Zenteno, Willi Ceferino Baldiviezo Zenteno, Martha Gareca Iñiguez Vda. De Baldiviezo; INFUNDADO el recurso de casación cursante de fs. 872 a 881 vta., interpuesto por Julio Baldiviezo, y conforme al art, 220.IV de la misma norma procesal civil, CASA en parte Auto de Vista Nº 46/2017 de fecha 17 de marzo, cursante de fs. 840 a 849 vta., Pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y resolviendo en el fondo, declara PROBADA la demanda reconvencional de acción reivindicatoria, cursante de fs. 237 a 248 vta.; en consecuencia se dispone que los demandados reconvencionales hagan entrega del bien inmueble en el ex fundo San Mateo Cantón El Monte, Provincia Cercado, fraccionado en 2 superficies: superficie “A” con un área útil de 19462, 97 mts.2 y la superficie “B” con un área útil de 61999,88 mts.2 sea en el plazo de 45 días de una vez ejecutoriada la Sentencia; manteniéndose incólume el resto de la resolución, sin costas y costos.
Sin responsabilidad por ser excusable
Regístrese, comuníquese y devuélvase