Resulta totalmente contradictorio que el Auto de Vista recurrido, haya causado un agravio al recurrente
Resulta totalmente contradictorio que el Auto de Vista recurrido, haya causado un agravio al recurrente relacionado a la motivación de la sentencia, si los argumentos expuestos en el recurso de casación, no fueron objeto de control por el Tribunal de Alzada, por cuanto el recurrente no apelo sobre dichos aspectos, por lo cual se concluye que el recurrente carece de legitimidad para interponer el medio recursivo, por este aspecto
- Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Sucre
- Materia: Beneficios Sociales
- Distrito: Chuquisaca
- I: ANTECEDENTES PROCESALES
- Tramitado el proceso laboral por el pago de beneficios sociales seguido por Eduardo Romero Garrón
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre representado por
- II: ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- En la forma
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- En el fondo
- En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia; que en la forma disponga la ANULACIÓN
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y JURISPRUDENCIALES DEL FALLO
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- El Art
- De la legitimación para interponer el recurso de casación
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
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- El poder público del Estado se encuentra organizado y estructurado para su ejercicio en los
- Conforme lo expuesto, es evidente que el Estado juega un rol preponderante para promover y
- En coherencia con lo referido precedentemente, el art
- Por lo señalado, sobre la base de dicho razonamiento, en aplicación de los arts
- Al efecto se debe considerar que a través del recurso de casación, se debe ejercer
- Resulta totalmente contradictorio que el Auto de Vista recurrido, haya causado un agravio al recurrente
- En ese sentido, el art
- El Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, en la contestación a la demanda y en
- Para mayor fundamentación, aplicando el Principio de Primacía de la Realidad, que dispone la prevalencia
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
