Aducen que se desconocieron los arts
Aducen que se desconocieron los arts. 115, 117 y 119 de la CPE, concordantes con los arts. 6, 342, 374 de la CPP y art. 13 del CP, los cuales garantizan un juicio legal y hacen respetar la presunción de inocencia; sin embargo, en el presente caso no sucedió ya que la parte acusadora Fiscal y parte civil, desde el inicio se les condenó sin evidencia plena ni se garantizó un debido proceso, ya que como indican los arts. 342 y 374 de la Ley Adjetiva Penal, la acusación Fiscal y particular es la base del juicio y si sólo se remiten a esta acusación y querella particular, se podrá observar que en ninguna de sus líneas se les acusa de que hubieran sido quienes agredieron de manera directa e inicial, a la víctima, lo que implica que el Tribunal de Sentencia, de manera ilegal y sin observar la Ley adjetiva y sustantiva penal se les condenó sin sustento y base legal
- Por memorial presentado el 16 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Se infringió lo previsto en el art 365 del CPP, que indica que debe haber
- Refieren la existencia de un tercer agravio señalando que se infringió los arts
- Refieren que los Tribunales tanto de Sentencia cómo de apelación; además de haber transgredido el
- Aducen que se desconocieron los arts
- Refieren que se vulneró los arts
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- Respecto al primer motivo, donde los recurrentes refieren que el Auto de Vista no respondió
- Con relación a los motivos segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo, donde se
- A efectos de contrastar lo denunciado, los argumentos de la misma y descubrir un sentido
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
