Denuncia violación al art
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Previa catalogación de los argumentos sostenidos por el Auto de Vista impugnado, es menester precisar la denuncia de defectos absolutos en el orden del art. 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), hace posible acudir en casación obviando la invocación de precedentes contradictorios, manifestar como normas vulneradas los arts. 403 inc. 1) y 396 inc. 1) del CPP; y citar los Autos Supremos 401 de 18 de noviembre de 2003, 101 de 1 de abril de 2005 y 102 de 1 de abril de 2001, donde se precisaría que los defectos absolutos denunciados deben ser corregidos de oficio por el Tribunal Supremo de Justicia, la entidad recurrente plantea como motivos de su recurso los siguientes:
Denuncia violación al art. 394 del CPP, citando a ese fin las Sentencias Constitucionales 0636/2010-R de 19 de julio y 0421/2017-R de 22 de mayo, referidas a la tramitación de excepciones e incidentes en etapa de juicio oral
- Por memorial presentado el 5 de marzo de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia el Ministerio Público (fs
- Por diligencia de 26 de febrero de 2018 (fs
- Denuncia violación al art
- Haciendo referencia al segundo motivo del recurso de apelación restringida inherente al defecto de sentencia
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- En lo que toca al primer motivo, la entidad recurrente alude –de manera vaga totalmente-
- De acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en los arts
- En lo que marca el segundo motivo del recurso, en el que se plantea errónea
- En lo demás, como se tiene advertido en el párrafo que precede, la lógica de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
