Auto Supremo AS/0513/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2018-RA

Fecha: 13-Jul-2018

En lo que toca al primer motivo, la entidad recurrente alude –de manera vaga totalmente-


En lo que toca al primer motivo, la entidad recurrente alude –de manera vaga totalmente- actos impugnaticios sobre cuestiones incidentales, situación no atendible en casación, pues este Tribunal carece de competencia para pronunciarse sobre temas incidentales que fueron resueltos por el Tribunal de origen y que merecieron un pronunciamiento de alzada; por cuanto, las resoluciones que resuelven las cuestiones inherentes al art. 403 del CPP, siendo solamente susceptibles de apelación incidental, sin que se les reconozca ulterior recurso; máxime si se tiene presente que el art. 394 de la Ley Adjetiva Penal, dispone que: "Las resoluciones judiciales serán recurribles sólo en los casos expresamente establecidos por este Código"; por lo que, al haberse planteado recurso de casación contra una resolución no apelable en casación