Auto Supremo AS/0539/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0539/2018-RA

Fecha: 13-Jul-2018

Respecto al segundo motivo, identifica el argumento utilizado por el Tribunal de alzada a tiempo


Respecto al segundo motivo, identifica el argumento utilizado por el Tribunal de alzada a tiempo de resolver la denuncia de vulneración del principio de continuidad, señalando que el mismo al referir que el defecto denunciado no constituye absoluto para determinar la nulidad de la Sentencia; tendría como base una incorrecta interpretación de los arts. 334, 335 y 336 del CPP, que el defecto procesal en el que incurrió la Juez de Sentencia, constituye defecto absoluto al desconocer derechos y garantías constitucionales cómo el debido proceso, defecto que adquiriría trascendencia porque en dicho juicio se le condenó a tres años de reclusión. Concluyendo el agravio, refiriendo que el Tribunal de alzada no se refirió a los precedentes que invocó en apelación restringida. Motivo de apelación en el que la impetrante se limitó a referir que el Tribunal de apelación no observó los precedentes que invocó en su recurso de alzada; sin considerar que si bien es evidente que para la admisión de un precedente, éste debe ser invocado en apelación restringida, en casación debe necesariamente referir cuál es ese precedente y relacionar el mismo con el agravio planteado, precisando cuál es la contradicción entre ése fallo y la resolución impugnada, aspectos que no fueron cumplidos en el presente motivo, por lo que el mismo no cumple con los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, deviniendo por ende en inadmisible