Auto Supremo AS/0597/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0597/2018-RA

Fecha: 27-Jul-2018

Asegura que, se conculcó el art


Asegura que, se conculcó el art. 165 del CPP (notificación por edictos); toda vez, que el querellante al tener conocimiento de su domicilio, debió actuar conforme lo establecido en el art. 163 de CPP; es decir, debió notificársele de forma personal, y al no hacerlo efectuado, asegura que se le ocasionó una total indefensión, citando los arts. 180.I y 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE), concordante con los arts. 16.I parte in fine, y 17.I y II de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), siendo nulo este actuado en aplicación del art. 166 inc. 1) del CPP, considerándose además un defecto absoluto no convalidable según el art. 169 incs. 3) y 4) del CPP, señala además la Sentencia Constitucional Plurinacional 0089/2012 de 19 de abril