Auto Supremo AS/0597/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0597/2018-RA

Fecha: 27-Jul-2018

En el primer motivo, el recurrente afirma que se conculcó el art


En el primer motivo, el recurrente afirma que se conculcó el art. 165 del CPP, al habérsele notificado con la primera resolución dictada respecto de las partes a través de edictos cuando el querellante conocía su domicilio, circunstancia que fue reclamada oportunamente en la vía incidental, y que no habría sido tomado en cuenta por el Tribunal de apelación, considerando por ello que se le causó indefensión, citando al efecto los arts. 180.I y 115.II de la CPE, concordante con los arts. 16.I parte in fine y 17.I y II de la LOJ, considerando nulo este actuado en aplicación del art. 166 inc. 1) del CPP, además de un defecto absoluto no convalidable según el art. 169 incs. 3) y 4) del CPP, invocando de igual manera la SCP 0089/2012 de 19 de abril