Auto Supremo AS/0604/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0604/2018

Fecha: 10-Jul-2018

Del análisis del recurso de forma se establece que los argumentos son infundados

5.- Sobre el nuevo abogado José Eduardo Arce Gordillo que solamente lo está defendiendo a él y por ello se estaría causando indefensión al resto de los codemandados que las diligencias debieron correrse de forma separada para el resto de los codemandados y que al amparo del art. 15 de la Ley de Organización Judicial debió realizarse la revisión de oficio, es menester señalar que cualquier reclamo debe fundarse en el derecho propio y no de terceros, máxime si a partir del Auto de Vista incoado rige un sistema de notificaciones establecido en los arts. 82 al 88 del Código Procesal Civil, en el que las partes en proceso tienen la carga procesal de asistencia y notificación en secretaría de juzgados y tribunales.
Del análisis del recurso de forma se establece que los argumentos son infundados