Auto Supremo AS/0609/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0609/2018

Fecha: 10-Jul-2018

III.4. De la nulidad del proceso

¨11. Otros señalados por ley¨.
De cuyas citas, por una parte se establece que el trámite de la causa está sujeto a reglas preestablecidas de las cuales no pueden apartarse los sujetos procesales, lo que implica que el operador jurídico a tiempo de conocer una demanda debe efectuar ab initio análisis prolijo sobre su competencia y acto seguido los presupuestos de la demanda a fin de evitar trámites insulsos en perjuicio de las partes y el sistema de justicia en general. Por otra parte, las pretensiones de cumplimiento de resolución ejecutoriada y exclusión de toda acción expropiatoria de terrenos no figuran entre las facultades de la Jueza o Juez Civil y Comercial para ejercer jurisdicción.
III.4. De la nulidad del proceso