Auto Supremo AS/0610/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0610/2018

Fecha: 10-Jul-2018

Estado Plurinacional de Bolivia, así señala el art. 91 del Código antes citado

Con la promulgación del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), empieza a regir un nuevo sistema de cómputo de plazos procesales, siendo aplicable al caso en estudio en virtud a la vigencia anticipada justamente de ese nuevo sistema de cómputo, conforme la disposición transitoria segunda punto 3 del Nuevo Adjetivo Civil, cuyo art. 90.I establece que los plazos establecidos para las partes, comenzarán a correr para cada una de ellas, a partir del día siguiente hábil al de su respectiva citación o notificación, disponiendo el parágrafo II del mismo artículo que para los plazos que no excedan de quince días, solamente se computarán días hábiles y en los que excedan los quince día serán computados días hábiles o inhábiles, entendiéndose por días hábiles aquellos en los que funcionan los juzgados y tribunales del
Estado Plurinacional de Bolivia, así señala el art. 91 del Código antes citado