- Que en el proceso de usucapión la parte demandante debió acreditar el antecedente dominial
- Que en el proceso de usucapión la parte demandante debió acreditar el antecedente dominial del inmueble, que pretende usucapir a fin de tener certeza quien es el titular que será afectado con la extinción de su derecho de propiedad a favor del demandante, es decir que se debe dirigir la demanda contra la persona o las personas que figuren de Derechos Reales como titulares del bien inmueble, dando así seguridad jurídica a las partes y consolidando la paz social
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
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- - Que en el proceso de usucapión la parte demandante debió acreditar el antecedente dominial
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae en calidad de resumen las
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- De la respuesta al recurso de casación
- III.1. Del sujeto pasivo en los procesos de usucapión
- Corresponde señalar que conforme al Auto Supremo Nº 475 de 12 de diciembre de 2012
- La usucapión declarada judicialmente produce un doble efecto, adquisitivo para el usucapiente y extintivo para
- Por otra parte, en el Auto Supremo Nº 185/2012 de 27 de junio, se ha
- Finalmente el Auto Supremo No
- En ese entendido la usucapión también llamada prescripción adquisitiva, es un modo de adquirir la
- III
- Respecto a este punto el Auto Supremo 472/2016 de 12 de mayo de 2016 señalo
- Esta modificación del estatus del patrimonio del Estado (desafectación), conlleva a generar efectos sobre
- III.3. De la usucapión decenal o extraordinaria
- De lo que se concluye que la posesión está integrada por dos elementos el corpus
- De lo expuesto en dicho Auto Supremo, se tiene que para ser viable la usucapión
- Ahora bien, en el caso de que se acredite que existe posesión, en sus dos
- Por otro lado, respecto a la detentación o tenencia, la doctrina la define en los
- En ese entendido la tenencia o la detentación se distingue de la precariedad, Néstor Jorge
- CONSIDERANDO IV
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- Sobre el particular, si bien el A quo de forma errada ha realizado esa afirmación
- A los efectos de generar una argumentación jurídica clara y coherente, es menester analizar el
- En base a esos antecedentes respectivamente al último tópico, es decir en cuanto a la
- Por lo manifestado, este Tribunal emitirá fallo en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.
