Auto Supremo AS/0708/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0708/2018

Fecha: 23-Jul-2018

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1.- Como antecedente refiere que el plazo probatorio inició desde la última notificación a las partes con la diligencia de 31 de julio de 2006, pero la parte demandada presentó el 4 de agosto de 2006 un memorial que fue aceptado, sin tomar en cuenta que fue propuesto fuera del plazo previsto en el art. 371 del Procedimiento Civil, defecto procesal que fue inadvirtió a tiempo de emitir la resolución de alzada, solicitando corregir el procedimiento para su saneamiento