Auto Supremo AS/0742/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0742/2018

Fecha: 27-Jul-2018

La orientación contenida en la "SC C- 763/2002 de 17 de septiembre de 2002" (Corte

La orientación contenida en la "SC C- 763/2002 de 17 de septiembre de 2002" (Corte Constitucional de Bogota-Colombia), determina que, la ultractividad de la ley es un problema de aplicación de ésta en el tiempo e íntimamente ligada al principio de que todo hecho, acto o negocio jurídico se rige por la ley vigente al momento de su ocurrencia, realización o celebración. Dentro de la Teoría General del Derecho, es clara la aplicación del principio "Tempus regit actus", que se traduce en que la norma vigente al momento de sucederse los hechos por ella prevista, es la que se aplica a esos hechos, aunque la norma haya sido derogada después. Esto es lo que explica la Teoría del Derecho, la denominada ultractividad de las normas, que son normas derogadas, que se siguen aplicando a los hechos ocurridos durante su vigencia. Este fenómeno se presenta en relación con todas las normas jurídicas, cualquiera que sea su naturaleza: civil, comercial, penal, etc”