Auto Supremo AS/0424/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0424/2018

Fecha: 17-Ago-2018

Ajustados a los agravios formulados por el recurrente, corresponde evidenciar si la interposición de la

Ajustados a los agravios formulados por el recurrente, corresponde evidenciar si la interposición de la demanda, se encontraba dentro o fuera del plazo previsto por los arts. 174 y 227 de la ley N° 1340, de cuya revisión se advierte que si bien es cierto que ambos acápites establecen un plazo de 15 días para la interposición de la demanda contenciosa, ninguno de los artículos mencionados establece la forma del cómputo de dicho plazo; correspondiendo como consecuencia establecer en principio la normativa adjetiva aplicable al caso de análisis, debiendo tenerse presente que el art. 214 de la Ley N° 1340, advierte que, a falta de disposición expresa del compilado tributario, se aplicarán las normas del procedimiento civil; en esa línea, la Disposición Transitoria Segunda del Código Procesal Civil, Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013, prevé la vigencia anticipada del régimen de cómputo de plazos procesales; que incluye el cómputo de plazos para los actos impugnatorios