Auto Supremo AS/0646/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0646/2018-RA

Fecha: 07-Ago-2018

En relación a los motivos primero y segundo planteados por el apoderado del recurrente, se


En relación a los motivos primero y segundo planteados por el apoderado del recurrente, se puede establecer que el memorial es una reproducción del recurso de casación interpuesto por Wilber Cabezas Mamani, donde inclusive se advierte en la redacción del recurso que la parte impetrante se refiere a sí mismo como si hubiera tenido alguna participación en los hechos acusados, cuando por la naturaleza de la personería que alega, éste vendría a ser un tercer interesado, y por ello, no se constituye en parte procesal, al no ser acusado o acusador particular y/o público por imperio de los arts. 70, 76 y 83 del CPP, tal como lo ha manifestado el Tribunal de apelación mediante providencia de 22 de mayo de 2018; considerando que lo pretendido en el reclamo, conforme se aprecia de la parte in fine del memorial y la calidad del apersonamiento, está relacionado con la titularidad sobre la confiscación definitiva promovida por el Auto de Vista respecto al vehículo marca TOYOTA tipo CALDINA, encontrándose una falta total, no sólo de conocimiento de norma procesal prevista en el art. 416 y ss. del CPP, sino de una deficiente técnica recursiva, evidenciando impericia al momento de plantear dicho recurso, bajo fundamentos de fondo que no tienen ninguna relación con la representación que propone la parte recurrente, olvidando de manera artera que todas las cuestiones procesales relativas a la calidad de los bienes sobre los cuales se hubieran dispuesto alguna medida cautelar, únicamente podrá ser cuestionada vía incidental (accesoria), cuyas impugnaciones admiten recurso de apelación incidental, sin recurso ulterior, de acuerdo al mandato del art. 255 del CPP; no ostentando legitimación objetiva ni subjetiva para poder impugnar un Auto de Vista vía recurso casacional al no poder cuestionarse tales aspectos mediante el recurso de casación