Por memoriales presentados el 15 y 18 de mayo de 2018, Wilber Cabezas Mamani, de
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 646/2018-RA
Sucre, 07 de agosto de 2018
Expediente: Oruro 16/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Wilber Cabezas Mamani y otro
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 15 y 18 de mayo de 2018, Wilber Cabezas Mamani, de fs. 117 a 122; y, José Chambi Brañez representado por Heriberto Cabezas Mamani, de fs. 148 a 155 vta., interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 27/2018 de 16 de abril, de fs. 103 a 112 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el primer recurrente y Toribio Quispe Condori, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 646/2018-RA
Sucre, 07 de agosto de 2018
Expediente: Oruro 16/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Wilber Cabezas Mamani y otro
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 15 y 18 de mayo de 2018, Wilber Cabezas Mamani, de fs. 117 a 122; y, José Chambi Brañez representado por Heriberto Cabezas Mamani, de fs. 148 a 155 vta., interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 27/2018 de 16 de abril, de fs. 103 a 112 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el primer recurrente y Toribio Quispe Condori, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memoriales presentados el 15 y 18 de mayo de 2018, Wilber Cabezas Mamani, de
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Wilber Cabezas Mamani (fs
- Por diligencia de 8 de mayo de 2018 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- II.1. Del recurso de Wilber Cabezas Mamani
- El recurrente interpone recurso de casación, previa exposición de los antecedentes y fundamentos para la
- II.2. Del recurso José Chambi Brañez representado por Heriberto Cabezas Mamani
- La parte recurrente interpone recurso de casación con relación a la confiscación definitiva del vehículo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que el recurrente Wilber Cabezas Mamani fue notificado
- IV.1. Del recurso de Wilber Cabezas Mamani
- El recurrente en su primer motivo aduce que en alzada, los Tribunales deben pronunciarse de
- De lo expuesto por el recurrente, aduciendo agravios que le habría causado el Auto de
- En el segundo motivo casacional, denuncia defecto procesal absoluto por ausencia de pronunciamiento con referencia
- Analizando los argumentos plasmados en el motivo de casación, el recurrente si bien invoca el
- IV.2. Del recurso de José Chambi Brañez representado por Heriberto Cabezas Mamani
- En relación a los motivos primero y segundo planteados por el apoderado del recurrente, se
- Finalmente, complementar que conforme se ha afirmado por la parte impetrante, se aduce ostentar poder
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
