Auto Supremo AS/0734/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0734/2018-RA

Fecha: 17-Ago-2018

En el primer motivo el recurrente fundamenta respecto a la admisibilidad de su recurso, estableciendo


En el primer motivo el recurrente fundamenta respecto a la admisibilidad de su recurso, estableciendo que sus supuestos formales tienen su base legal en los arts. 416 y 417 del CPP y que la doctrina legal y las resoluciones del Tribunal Constitucional tienen carácter vinculante, conforme a los arts. 420 de la CPE y 44.I de la Ley 1836, invocando la Sentencia Constitucional 1401/2003-R de 26 de septiembre y el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007; empero, el recurrente no cumple con las disposiciones legales por el mismo observadas -arts. 416 y 417, del CPP-, al no precisar ningún defecto en que hubiese incurrido el Tribunal de alzada en el Auto de Vista impugnado, menos aún con relación a los fundamentos expuestos en el precedente invocado a fin de realizar el examen de contrastación, debido a que con relación al Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, su invocación se reduce a una simple glosa parcial de su contenido sin establecer fundadamente cuál la contradicción existente con la resolución impugnada; imposibilitando todo ejercicio de contrastación sobre disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, o en razón a preceptos a aplicarse y sobre la solución pretendida; en cuyo mérito, debido a que las omisiones atribuibles a la parte recurrente que no pueden ser suplidas de oficio, correspondiendo declarar su inadmisibilidad