Auto Supremo AS/0768/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0768/2018-RA

Fecha: 27-Ago-2018

Respecto al primer motivo se tiene que el Auto de Vista sería contrario al Auto


En el caso de autos se advierte que la parte recurrente, en su calidad de Defensor Público asignado, fue notificado en dos ocasiones, conforme consta a fs. 1104 vta., y 1105, sentándose la diligencia en dos fechas diferentes 8 y 9 de mayo de 2018; y al haberse permitido tal yerro por parte de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, considerando que el recurso de casación fue interpuesto el 15 de mayo de 2018; es decir, dentro el plazo de los cinco días hábiles, tomando en cuenta el cómputo para ambas fechas de notificación; a pesar de dicha observación, se tiene por cumplido el requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP; por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

Respecto al primer motivo se tiene que el Auto de Vista sería contrario al Auto Supremo 268/2012-RRC, al no haberse notificado a los defensores de oficio en el domicilio procesal señalado en el recurso de apelación restringida; siendo que la notificación de la convocatoria fue realizada en tablero el 2 de abril de 2018, no siendo válida la diligencia. Invoca también el Auto Supremo 242/2012-RRC