Al respecto, se analizan los fundamentos del recurso, los hechos y sentido jurídico específicos que
2. Sobre la similitud de hechos y el sentido jurídico del Auto de Vista y los precedentes contradictorios admitidos.
A efectos de ingresar al fondo, de la problemática planteada sobre el motivo precedentemente señalado, conforme los fundamentos jurídicos esgrimidos en el punto III.1. (La labor de contraste en el recurso de casación) del presente fallo, de modo previo es imperante examinar y contrastar si el hecho y el sentido jurídico objeto de análisis y resolución por el Tribunal de alzada en el Auto de Vista impugnado; en consecuencia, de lo denunciado en el recurso de apelación restringida, tiene similitud o es análogo con el hecho que generó la fundamentación jurídica en los precedentes contradictorios admitidos, conforme el art. 416 último párrafo del CPP.
Al respecto, se analizan los fundamentos del recurso, los hechos y sentido jurídico específicos que fundaron decisión en el Auto de Vista impugnado, desarrollado en el punto II.3. inc. 1) del presente fallo y los precedentes contradictorios:
a. Con relación al Auto Supremo 046 de 9 de marzo de 2010, el hecho fáctico y su decisión jurídica en relación a los motivos primero y segundo señala que: “…2.- El Tribunal de Alzada, conformado por los Vocales de la indicada Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, revocó la indicada sentencia condenatoria y absolvió de culpa y pena al imputado, señalando que la sentencia se basó en una declaración que hizo la niña por escrito, y que no se demostró científicamente, más allá de toda duda razonable, que la menor fue víctima de abuso sexual con acceso carnal por parte del imputado, pues durante la celebración del juicio se excluyó el informe médico-legal ginecológico y no se escuchó la declaración del perito autor de ese informe, quien no concurrió al debate…
A efectos de ingresar al fondo, de la problemática planteada sobre el motivo precedentemente señalado, conforme los fundamentos jurídicos esgrimidos en el punto III.1. (La labor de contraste en el recurso de casación) del presente fallo, de modo previo es imperante examinar y contrastar si el hecho y el sentido jurídico objeto de análisis y resolución por el Tribunal de alzada en el Auto de Vista impugnado; en consecuencia, de lo denunciado en el recurso de apelación restringida, tiene similitud o es análogo con el hecho que generó la fundamentación jurídica en los precedentes contradictorios admitidos, conforme el art. 416 último párrafo del CPP.
Al respecto, se analizan los fundamentos del recurso, los hechos y sentido jurídico específicos que fundaron decisión en el Auto de Vista impugnado, desarrollado en el punto II.3. inc. 1) del presente fallo y los precedentes contradictorios:
a. Con relación al Auto Supremo 046 de 9 de marzo de 2010, el hecho fáctico y su decisión jurídica en relación a los motivos primero y segundo señala que: “…2.- El Tribunal de Alzada, conformado por los Vocales de la indicada Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, revocó la indicada sentencia condenatoria y absolvió de culpa y pena al imputado, señalando que la sentencia se basó en una declaración que hizo la niña por escrito, y que no se demostró científicamente, más allá de toda duda razonable, que la menor fue víctima de abuso sexual con acceso carnal por parte del imputado, pues durante la celebración del juicio se excluyó el informe médico-legal ginecológico y no se escuchó la declaración del perito autor de ese informe, quien no concurrió al debate…
- Por memorial presentado el 30 de noviembre de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 29/2017 de 13 de abril (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Carlos David Pérez Padilla (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 67/2018-RA de 14 de febrero, se
- La parte recurrente refiere que el Tribunal de apelación al emitir el Auto de Vista
- En cuanto, al defecto previsto por el art
- Sobre la supuesta falta de fundamentación de la sentencia [art
- Por último, en cuanto a la supuesta valoración defectuosa de la prueba, la resolución recurrida
- A tiempo de enfatizar que el Tribunal de alzada actuó en desconocimiento de la comunidad
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se admita su pedido y se deje sin efecto el Auto de
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 067/2018-RA de 14 de febrero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- El Tribunal de Sentencia, una vez analizadas y valoradas las pruebas producidas en juicio determinó
- Por lo que, concluyó dicho Tribunal que: i) El imputado Carlos David Pérez Padilla es
- II.2. De la apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, Carlos David Pérez Padilla interpuso recurso de apelación restringida, denunciando los
- Denunció que la Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente a
- Denuncia que no existe fundamentación en la Sentencia, conforme el art
- Denuncia que la sentencia se basa en hechos no acreditados y valoración defectuosa de la
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- En relación al segundo motivo, refiere que la Sentencia se basa en un certificado médico
- Sobre el tercer motivo, refiere que la Sentencia no cumple con el formato necesario, debido
- Y sobre el cuarto motivo, refiere que el recurrente no dice, de manera clara y
- En el presente caso, en relación a los motivos admitidos por el Auto Supremo 067/2018-RA
- En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de alzada, corresponde dilucidar
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- La cuestión y el efecto de la doctrina legal a ser sentada por este Tribunal
- En cuanto, al precedente contradictorio exigido como requisito procesal de cumplimiento obligatorio a momento de
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- Asimismo, respecto a los requisitos que deben cumplir los precedentes contradictorios, el Tribunal dejó sentado
- III.2. Análisis del caso concreto
- La parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada: 1) No consideró los principios de
- 1. Sobre el análisis de los precedentes contradictorios admitidos
- Sobre los Autos Supremos 046 de 9 de marzo de 2010 y 131 de 31
- Al respecto, se analizan los fundamentos del recurso, los hechos y sentido jurídico específicos que
- (…) que efectuado el examen correspondiente, por cotejo de los datos del proceso con lo
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Para una decisión de condena no es necesario que la culpabilidad del imputado deba establecerse
- Además, se establece que si bien la fundamentación y motivación desarrolladas en el párrafo que
- a
- En ese marco debe entenderse además que el sistema procesal penal vigente, no admite dentro
- De los datos del proceso se tiene por una parte que el defecto referido a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
