Contra la mencionada Sentencia, Carlos David Pérez Padilla interpuso recurso de apelación restringida, denunciando los
Contra la mencionada Sentencia, Carlos David Pérez Padilla interpuso recurso de apelación restringida, denunciando los siguientes aspectos en correspondencia a los motivos admitidos en el recurso de casación:
Solicita saneamiento de oficio de diferentes cuestiones incidentales planteadas y que fueron rechazadas; debido a que, por vulneración de derechos y garantías constitucionales, de las resoluciones que merecieron se advierten defectos absolutos, conforme el art. 169 inc. 3) del CPP, invocando como doctrina legal aplicable el Auto Supremo 368 de 17 de septiembre de 2015, como jurisprudencia constitucional las Sentencias Constitucionales 0151/2012, 1301/2011-R, 1293/2010-R y 0759/2010-R.
Denunció inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, conforme el art. 370 inc. 1) del CPP, debido a que la Sentencia no determina los momentos en que se cometió el hecho ilícito y menos aún se ha demostrado la edad de la presunta víctima con documento idóneo y esta no fue ofrecida como testigo, no habiendo certeza de que el hecho existió; además, que el informe psicológico determina su declaración como creíble, sin establecer un procedimiento técnico, ni la idoneidad de la perita. Invoca como doctrina legal aplicable el Auto Supremo 236 de 7 de marzo de 2007
- Por memorial presentado el 30 de noviembre de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 29/2017 de 13 de abril (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Carlos David Pérez Padilla (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 67/2018-RA de 14 de febrero, se
- La parte recurrente refiere que el Tribunal de apelación al emitir el Auto de Vista
- En cuanto, al defecto previsto por el art
- Sobre la supuesta falta de fundamentación de la sentencia [art
- Por último, en cuanto a la supuesta valoración defectuosa de la prueba, la resolución recurrida
- A tiempo de enfatizar que el Tribunal de alzada actuó en desconocimiento de la comunidad
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se admita su pedido y se deje sin efecto el Auto de
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 067/2018-RA de 14 de febrero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- El Tribunal de Sentencia, una vez analizadas y valoradas las pruebas producidas en juicio determinó
- Por lo que, concluyó dicho Tribunal que: i) El imputado Carlos David Pérez Padilla es
- II.2. De la apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, Carlos David Pérez Padilla interpuso recurso de apelación restringida, denunciando los
- Denunció que la Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente a
- Denuncia que no existe fundamentación en la Sentencia, conforme el art
- Denuncia que la sentencia se basa en hechos no acreditados y valoración defectuosa de la
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- En relación al segundo motivo, refiere que la Sentencia se basa en un certificado médico
- Sobre el tercer motivo, refiere que la Sentencia no cumple con el formato necesario, debido
- Y sobre el cuarto motivo, refiere que el recurrente no dice, de manera clara y
- En el presente caso, en relación a los motivos admitidos por el Auto Supremo 067/2018-RA
- En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de alzada, corresponde dilucidar
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- La cuestión y el efecto de la doctrina legal a ser sentada por este Tribunal
- En cuanto, al precedente contradictorio exigido como requisito procesal de cumplimiento obligatorio a momento de
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- Asimismo, respecto a los requisitos que deben cumplir los precedentes contradictorios, el Tribunal dejó sentado
- III.2. Análisis del caso concreto
- La parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada: 1) No consideró los principios de
- 1. Sobre el análisis de los precedentes contradictorios admitidos
- Sobre los Autos Supremos 046 de 9 de marzo de 2010 y 131 de 31
- Al respecto, se analizan los fundamentos del recurso, los hechos y sentido jurídico específicos que
- (…) que efectuado el examen correspondiente, por cotejo de los datos del proceso con lo
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Para una decisión de condena no es necesario que la culpabilidad del imputado deba establecerse
- Además, se establece que si bien la fundamentación y motivación desarrolladas en el párrafo que
- a
- En ese marco debe entenderse además que el sistema procesal penal vigente, no admite dentro
- De los datos del proceso se tiene por una parte que el defecto referido a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
