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    Auto Supremo AS/0501/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0501/2018

    Fecha: 21-Sep-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • En grado de Apelación, promovido por Rosario del Pilar Vacaflor Orías, en su condición
    • En conocimiento del señalado Auto de Vista, Rosario del Pilar Vacaflor Orías, en su
    • Agrega que, los jueces, no pueden apartarse de la verdad material a título de inversión
    • 2.- Violación de los arts. 60 158 180-I de la C.P.E
    • Seguidamente acusa que éste razonamiento es totalmente erróneo, puesto que, en el art
    • Petitorio
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Sobre los sueldos devengados correspondientes al mes de mayo de 2016, de la revisión de
    • Sobre el caso, se debe tener presente que, conforme al art
    • En cuanto a los 15 días reconocidos por la actora como trabajados en aquél mes,
    • En el marco de lo anterior, para juzgar el decisorio del Tribunal de apelación sobre
    • Sobre el promedio salarial, de la revisión del recurso se advierte que el recurrente, se
    • Consiguientemente, no existe mérito para dar cabida a la casación impetrada
    • En lo que corresponde al desahucio, se advierte que dicho concepto no fue condenado en
    • 2
    • Acusa la violación de los arts
    • Sobre el caso, corresponde precisar que los motivos por los cuales, el Tribunal de apelación,
    • Estas normas procesales, revisten carácter de orden público y de cumplimiento obligatorio, con arreglo al
    • En el caso específico, la consideración de las pruebas de fs
    • En previsión de tal circunstancia y con la finalidad de garantizar el debido proceso, se
    • Por último, si bien es cierto que el juez no se encuentra sometido a la
    • Asimismo, dicha facultad no debe ser entendida como un medio para suplir la negligencia de
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • No se regulan honorarios del abogado, por no haberse respondido el recurso
    • Regístrese, comuníquese y cúmplase.-

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