Estas normas procesales, revisten carácter de orden público y de cumplimiento obligatorio, con arreglo al
En efecto, conforme bien advierte el Tribunal de apelación, el proceso laboral se encuentra diseñado para desenvolverse en distintas y correlativas etapas, sometidas al principio de preclusión, de modo tal que, a la conclusión de cada una de ellas, sobreviene la apertura de la siguiente, sin posibilidades de retrotraerse el trámite a la anterior etapa ya clausurada. Así, las pruebas, habrán de presentarse dentro del período de prueba o etapa probatoria, establecido en el art. 149 y, con arreglo al art. 151, ambos del CPT.
Estas normas procesales, revisten carácter de orden público y de cumplimiento obligatorio, con arreglo al art. 90 del CPC-1975, ahora contenido en el art. 5 del actual CPC, por cuanto se orientan a evitar la arbitrariedad y el fraude procesal; de otro modo, carecerían de sentido las normas procesales, reduciéndose a simples declaraciones sin eficacia ni utilidad procesal
Estas normas procesales, revisten carácter de orden público y de cumplimiento obligatorio, con arreglo al art. 90 del CPC-1975, ahora contenido en el art. 5 del actual CPC, por cuanto se orientan a evitar la arbitrariedad y el fraude procesal; de otro modo, carecerían de sentido las normas procesales, reduciéndose a simples declaraciones sin eficacia ni utilidad procesal
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por Rosario del Pilar Vacaflor Orías, en su condición
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, Rosario del Pilar Vacaflor Orías, en su
- Agrega que, los jueces, no pueden apartarse de la verdad material a título de inversión
- 2.- Violación de los arts. 60 158 180-I de la C.P.E
- Seguidamente acusa que éste razonamiento es totalmente erróneo, puesto que, en el art
- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Sobre los sueldos devengados correspondientes al mes de mayo de 2016, de la revisión de
- Sobre el caso, se debe tener presente que, conforme al art
- En cuanto a los 15 días reconocidos por la actora como trabajados en aquél mes,
- En el marco de lo anterior, para juzgar el decisorio del Tribunal de apelación sobre
- Sobre el promedio salarial, de la revisión del recurso se advierte que el recurrente, se
- Consiguientemente, no existe mérito para dar cabida a la casación impetrada
- En lo que corresponde al desahucio, se advierte que dicho concepto no fue condenado en
- 2
- Acusa la violación de los arts
- Sobre el caso, corresponde precisar que los motivos por los cuales, el Tribunal de apelación,
- Estas normas procesales, revisten carácter de orden público y de cumplimiento obligatorio, con arreglo al
- En el caso específico, la consideración de las pruebas de fs
- En previsión de tal circunstancia y con la finalidad de garantizar el debido proceso, se
- Por último, si bien es cierto que el juez no se encuentra sometido a la
- Asimismo, dicha facultad no debe ser entendida como un medio para suplir la negligencia de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- No se regulan honorarios del abogado, por no haberse respondido el recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
