Auto Supremo AS/0501/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0501/2018

Fecha: 21-Sep-2018

Agrega que, los jueces, no pueden apartarse de la verdad material a título de inversión

Señala que si bien el Código Procesal del Trabajo, establece que en la parte resolutiva de la Sentencia, los jueces, deben incluir aquellos aspectos que se hubiese omitido reclamar en la demanda y que en el curso del proceso se haya evidenciado y tenga conexitud; sin embargo, de ello, esta facultad procesal no implica que los jueces laborales, deban apartarse de la pretensión inserta en la demanda, beneficiando al trabajador, con aspectos que el mismo reconoció voluntariamente que no le correspondía, porque tiene calidad de confesión judicial espontanea.
Agrega que, los jueces, no pueden apartarse de la verdad material a título de inversión de la prueba ya que implicaría determinar que una de las partes obtenga un fin prohibido por la Ley, cual es el enriquecimiento indebido o el desmedro económico de la otra parte