Auto Supremo AS/0807/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0807/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

Evidentemente, tal y como se advierte en el Auto de Vista ahora impugnado, el Tribunal


Ahora bien, tal y como se ha precisado en el acápite III.1 de la presente Resolución, es a través de recurso de apelación restringida como único medio que las partes pueden impugnar la Sentencia a los efectos del control de legalidad y logicidad por parte del Tribunal de alzada correspondiente, aspecto que en el caso de autos el recurrente acusa que no sucedió; puesto que, el Tribunal de alzada optó por observar cuestiones de forma sin centrarse en la temática principal denunciada por el recurrente; es decir, la denuncia de valoración defectuosa de la prueba.

Evidentemente, tal y como se advierte en el Auto de Vista ahora impugnado, el Tribunal de alzada declaró admisible la apelación restringida de Pedro Luis Coronado Yolata, por el cumplimiento de los requisitos de ley; sin embargo, posterior a ello declara improcedente el recurso interpuesto ante el incumplimiento del lineamiento establecido por el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007 en lo que respecta a la obligación del impugnante de señalar cuáles las normas del correcto entendimiento humano fueron inaplicadas o aplicadas erróneamente, debiendo expresar además qué partes de la Resolución de instancia en las que consta tal agravio