Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0807/2018-RRC
Fecha: 10-Sep-2018
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 7 de febrero de 2018, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 32/2017 de 18 de agosto (fs
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Contra la mencionada Sentencia, el imputado Pedro Luís Coronado Yolata (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 306/2018-RA de 14 de mayo, se
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El recurrente aduce que el recurso de apelación restringida que interpuso, no fue revisado a
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Arguye, que de la sola lectura de los motivos del recurso de apelación restringida se
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Prosigue manifestando que con referencia a la observación del Tribunal de alzada, sobre cuál de
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Los Vocales quienes emitieron el Auto de Vista impugnado –dice el recurrente- “se limitan a
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A efectos del recurso de casación son invocados como precedentes contradictorios los Autos Supremos 176/2013
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicitó que deliberando en el fondo, se anule el Auto de Vista 40/2018
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I.2. Admisión del recurso
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II.1. De la Sentencia
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Por Sentencia 32/2017 de 18 de agosto, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
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Se tiene comprobada la agresión sexual, mediante la penetración vaginal a ambas niñas comprendidas la
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Se tiene acreditado no solo el acto sexual como tal, sino también las edades y
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II.2. Del recurso de apelación restringida
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Contra la referida Sentencia, el imputado Pedro Luis Coronado Yolata interpuso recurso de apelación restringida,
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emite el Auto de
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Si bien en parte hace referencia a las declaraciones de los padres, muy referencialmente a
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El argumento del recurrente resulta inconsistente, reduciendo su argumento a cuestionar seis supuestas contradicciones en
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Precisado el motivo, este Tribunal deberá verificar dentro de los límites establecidos en el Auto
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III.1. Control de legalidad y logicidad de la Sentencia
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En etapa de alzada, la normativa procesal penal, establece que el recurso de apelación restringida
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III.2. Del rechazo de los recursos sin trámite
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En ese marco, el art
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Al respecto, este Alto Tribunal de Justicia mediante el Auto Supremo 86 de 28 de
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III.3. Análisis del caso concreto
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Denuncia el recurrente el incumplimiento por parte del Tribunal de alzada, de realizar el control
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Como precedentes contradictorios -además de los Autos Supremos 176/2013 de 26 de junio, 91
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Todos ellos conteniendo como doctrina legal aplicable, la exigencia de fundamentación y motivación de los
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Del análisis de los precedentes invocados se advierte que las problemáticas dilucidadas, mantienen relación con
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A tal efecto, se advierte que Pedro Luis Coronado Yolata en su recurso de apelación
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Por su parte, el Tribunal de alzada, mediante decreto de 17 de octubre de 2017,
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En consecuencia, el apelante mediante memorial de 25 de octubre 2017, precisó que las observaciones
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Finalmente, el Tribunal de alzada mediante Auto de Vista 40/2018, a tiempo de declarar improcedente
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Evidentemente, tal y como se advierte en el Auto de Vista ahora impugnado, el Tribunal
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Sin embargo, cabe destacar que es precisamente en el citado Auto Supremo –también invocado como
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En síntesis, se evidencia que el Tribunal de alzada observó el recurso de apelación restringida
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Por ende, lo denunciado en casación por el recurrente resulta evidente, por cuanto el Auto
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Finalmente, cabe precisar que ante lo demostrado, carece de relevancia el contrastar el motivo de
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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