Auto Supremo AS/0807/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0807/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

Finalmente, el Tribunal de alzada mediante Auto de Vista 40/2018, a tiempo de declarar improcedente


Finalmente, el Tribunal de alzada mediante Auto de Vista 40/2018, a tiempo de declarar improcedente el único motivo expuesto en apelación restringida, resolvió en su “Considerando II”, la admisibilidad del recurso de apelación restringida interpuesto, ante el cumplimiento de los requisitos de ley, posterior a ello –ya resolviendo en el fondo- rememoró el motivo del recurso de apelación restringida incoado por el apelante y las seis contradicciones precisadas, luego el memorial de subsanación de 25 de octubre de 2017 para finalmente establecer que el apelante “no identifica ni precisa cual o cuales serían las pruebas que fueron erróneamente valoradas o inadecuadamente aplicadas, pero además en qué medida esas pruebas tendrían incidencia y trascendencia en la decisión final adoptada por los Jueces Técnicos; si bien en parte hacen referencia a las declaraciones de los padres y muy referencialmente a las declaraciones de Anticipo de Prueba y Pericia Psicológica, empero no fundamenta en absoluto cuál de las reglas de la sana crítica han sido inobservadas; en el caso que nos ocupa, cuando se ataca errónea valoración probatoria, ella se halla vinculada al art. 173 del CPP, lo que obliga al recurrente precisar fundadamente de forma clara cuál de las reglas de la sana critica han sido vulneradas, cuáles los razonamientos contrarios a la lógica, experiencia o psicología fueron inobservadas conforme la línea marcada en el A.S. 214 de 28 de marzo de 2007”