En el fondo
Solicitando se anule obrados hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta fs. 88.
En el fondo
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- El Tribunal de segunda instancia consideró que la A quo emitió un pronunciamiento que no
- Respecto a los reclamos de apelación con relación al automotor el Ad quem describe los
- Finalmente al haber solicitud expresa de la apelante de conservar los bienes y pagar el
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
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- En el fondo
- El demandante contesta el recurso de casación refiriendo que la parte contraria no expresa claramente
- CONSIDERANDO III
- En el Auto Supremo Nº 80/2014, de 18 de marzo de 2014 se orientó respecto
- La comunidad se constituye aunque uno de los cónyuges tenga más bienes que el otro
- Por otra parte, el art
- De las citadas disposiciones legales se establece que nuestro Código de Familia, de los distintos
- Así establecida la comunidad de gananciales como sistema o régimen de orden legal, ciertamente es
- Si bien tiene la característica de irrenunciable, pero esa situación nada impide que los
- Bajo ese razonamiento, si se considera que la distribución de los bienes gananciales es legal,
- El art
- III.2. De la valoración de la prueba
- Con relación a la valoración de la prueba se ha indicado en el Auto Supremo
- III.3. Sobre el principio de comunidad de la prueba
- Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
- CONSIDERANDO IV
- Por lo que no existe infracción de incongruencia e impertinencia
- La pretensión de medidas cautelares es una pretensión accesoria a la principal
- Asimismo, para hacer efectivo el anterior acto, la Juez de instancia deberá tener presente que
- Por lo que el reclamo deviene en infundado
- De la revisión de la demanda de fs
- Al margen de ello de la contestación de la demanda de fs
- Consiguientemente analizando las pruebas descritas en su integridad, los mismos son pertinentes a demostrar que
- El Ad quem no consideró los argumentos descritos precedentemente, basando su criterio únicamente en la
- Respecto a las literales de fs
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
